La lectura de este documento, procedente de la “Guía de Referencia para la
Lucha contra el Lavado de Dinero y el Financiamiento del Terrorismo” (Capítulo I) del Banco Mundial, permite tener una visión global y una previa comprensión de la problemática del financiamiento del terrorismo. Permitirá a los lectores entender los cimientos del tema que será desarrollado en la “Guía Práctica de
Prevención, Detección y Represión del Financiamiento del
Terrorismo”, del Comité Interamericano Contra el Terrorismo, de la Organización de los Estados Americanos.
Lavado de Dinero y Financiamiento del Terrorismo: Definiciones y explicaciones
Para la mayoría de los países, el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo suscitan importantes problemas con respecto a la prevención, detección y acción legal. Las técnicas sofisticadas que se usan para blanquear el dinero y financiar el terrorismo hacen que estos problemas sean más complejos. Tales técnicas pueden incluir varios tipos diferentes de instituciones financieras; diversas transacciones financieras, utilizando como intermediarios a numerosas empresas financieras y otras instancias, tales como los asesores financieros, las sociedades ficticias y los proveedores de servicios; remesas a, a través de, y desde diferentes países; y el uso de diferentes instrumentos financieros y otros tipos de activos. Sin embargo, el lavado de dinero es un concepto fundamentalmente sencillo. Es el proceso a través del cual las ganancias obtenidas de una actividad delictiva son encubiertas para ocultar sus orígenes ilícitos. Básicamente, el lavado de dinero comprende las ganancias obtenidas de bienes de origen delictivo y más que los bienes mismos.
El financiamiento del terrorismo también es un concepto sencillo en lo fundamental. Es el apoyo financiero, de cualquier forma, al terrorismo o a aquellos que lo fomentan, planifican o están implicados en el mismo. No obstante, es más complicado definir al terrorismo en sí mismo, porque el término puede tener connotaciones políticas, religiosas y nacionales dependiendo de cada país. El lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo, por lo general, presentan características transaccionales similares, sobre todo en relación al encubrimiento. Los blanqueadores de dinero envían fondos ilícitos a través de canales legales, para ocultar de esta forma sus orígenes delictivos, mientras que aquéllos que financian el terrorismo transfieren fondos, que pueden tener un origen legal o ilícito, de manera tal que encubren su fuente y destino final, que es el apoyo al terrorismo. Pero el resultado es el mismo: la recompensa. Cuando se blanquea el dinero, los delincuentes son recompensados con ganancias encubiertas y aparentemente legítimas. De igual manera, aquellos que financian el terrorismo son retribuidos al dar apoyo financiero para llevar a cabo estratagemas y ataques terroristas.
- ¿Qué es el Lavado de Dinero?
El lavado de dinero puede definirse de varias maneras. La mayoría de los países aceptan la definición aprobada por la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas (1988) (Convención de Viena):
• La conversión o la transferencia de bienes, a sabiendas de que tales bienes proceden de alguno o algunos de los delitos [de narcotráfico], o de un acto de participación en tal delito o delitos, con objeto de ocultar o encubrir el origen ilícito de los bienes o de ayudar a cualquier persona que participe en la comisión de tal delito o delitos a eludir las consecuencias jurídicas de sus acciones;
• La ocultación o el encubrimiento de la naturaleza, el origen, la ubicación, el destino, el movimiento, o la propiedad reales de bienes, o de derechos relativos a tales bienes, a sabiendas de que proceden de un delito o delitos, o de un acto de participación en tal delito o delitos.
La Convención de Viena añade que el lavado de dinero también comprende:
• La adquisición, la posesión o la utilización de bienes, a sabiendas, en el momento de recibirlos, de que tales bienes proceden de un delito o delitos…o de un acto de participación en tal delito o delitos.
Según sus condiciones, la Convención de Viena limita los delitos subyacentes (es decir, la actividad delictiva cuyos ingresos ilícitos son blanqueados) a los delitos relacionados con el narcotráfico. Como consecuencia de esto, los delitos no relacionados con el narcotráfico, tales como la evasión de impuestos, el fraude, el secuestro y el robo, por ejemplo, no están tipificados como delitos de lavado de dinero, bajo la Convención de Viena. Sin embargo, a través de los años, la comunidad internacional ha retomado el enfoque según el cual los delitos tipificados como lavado de dinero deberían ir más allá del narcotráfico.
Por lo tanto, otros instrumentos internacionales han ampliado la definición de la Convención de Viena sobre los delitos subyacentes, para incluir otros delitos graves.4 Por ejemplo, la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional(2000) (Convención de Palermo) exige a todos los países participantes que consideren como parte de los delitos de lavado de dinero mencionados en dicha convención “a la más amplia gama de delitos subyacentes.”
El Grupo de Acción Financiera sobre el Lavado de Dinero (GAFI), reconocido como el organismo internacional que establece las estándares para los esfuerzos de anti-lavado de dinero (ALD), define el término “lavado de dinero” de manera concisa, como “el procesamiento de ingresos delictivos a fin de encubrir su origen ilegal”, con el objeto de “legitimar” las ganancias ilícitas de la delincuencia.
Sin embargo, en sus 40 recomendaciones para luchar contra el lavado de dinero (Las Cuarenta Recomendaciones), el GAFI incluye específicamente la definición técnica y legal del lavado de dinero de la Convención de Viena y recomienda ampliar los delitos tipificados en dicha definición para incluir todos los delitos graves.
2. ¿Qué es el Financiamiento del
Terrorismo?
La Organización de las Naciones Unidas (ONU) ha realizado numerosos esfuerzos, en gran parte por medio de tratados internacionales, para combatir el terrorismo y los mecanismos utilizados para financiarlo. Incluso antes del ataque del 11 de septiembre en los Estados Unidos, la ONU había establecido la Convención Internacional para la Eliminación del Financiamiento del Terrorismo (1999), la cual estipula lo siguiente:
1. Una persona comete un delito, en el sentido de esta Convención, si esa persona por cualquier medio, directa o indirectamente, ilegalmente y por voluntad propia, proporciona y recauda fondos con la intención de que sean utilizados, o a sabiendas de que serán utilizados, total o parcialmente, con el fin de llevar a cabo lo siguiente:
(a) Un acto que constituye un delito dentro del alcance y según la definición de alguno de los tratados enumerados en el anexo; o
(b) Cualquier otro acto destinado a ocasionar la muerte o lesiones corporales graves a civiles, o a cualquier otra persona que no esté participando activamente en las hostilidades dentro de una situación de conflicto armado, cuando el propósito de dicho acto, por su naturaleza o contexto sea, es intimidar a una población, u obligar a un buen gobierno u organismo internacional a realizar o dejar de realizar un acto.
2. …
3. Para que un acto constituya un delito tipificado en el párrafo 1, no es necesario que los fondos hayan sido utilizados para cometer algún delito mencionado en el párrafo 1, subpárrafo (a) o (b).
La dificultad para algunos países es la definición de terrorismo. No todos los países que han aprobado la convención están de acuerdo con respecto a cuáles son los actos considerados como terrorismo. El significado de terrorismo no está universalmente aceptado, debido a las importantes consecuencias políticas, religiosas y nacionales que difieren de un país al otro.
El GAFI, que también es reconocido como un organismo internacional que establece las estándares para los esfuerzos de lucha contra el financiamiento del terrorismo (LFT), no define específicamente el término “financiamiento del terrorismo” en sus nueve Recomendaciones Especiales sobre el Financiamiento del Terrorismo (Recomendaciones Especiales), elaboradas luego de los eventos del 11 de septiembre de 2001. Sin embargo, el GAFI exhorta a los países a ratificar y aplicar la Convención Internacional de las Naciones Unidas para la Eliminación del Financiamiento del Terrorismo (1999). Por lo tanto, la definición mencionada más arriba es la que han adoptado la mayoría de los países, con el fin de precisar el significado del financiamiento del terrorismo.
3. El Vínculo entre el
Lavado de Dinero y el Financiamiento del Terrorismo
Las técnicas utilizadas para el lavado de dinero son básicamente las mismas que se usan para encubrir las fuentes y los fines del financiamiento del terrorismo. Los fondos utilizados para apoyar el terrorismo pueden provenir de fuentes legítimas, actividades delictivas, o ambas.
Sin embargo, es importante ocultar la fuente del financiamiento del terrorismo, sin reparar en si es legítima o ilícita. Si se logra encubrir la fuente, ésta se mantiene disponible para actividades de financiamiento del terrorismo en el futuro. De igual manera, es esencial para los terroristas encubrir el uso de los fondos para que la actividad de financiamiento pase inadvertida.
Por estas razones, el GAFI ha recomendado que cada país criminalice el financiamiento del terrorismo, los actos terroristas y las organizaciones terroristas, y que clasifique tales delitos como delitos subyacentes de lavado de dinero15. Por último, el GAFI ha determinado que las nueve Recomendaciones Especiales combinadas con Las Cuarenta Recomendaciones sobre el lavado de dinero constituyan el marco fundamental para prevenir, detectar y eliminar el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo.
Los esfuerzos para combatir el terrorismo también necesitan que los países consideren ampliar el alcance de su marco ALD e incluyan a organizaciones sin fines de lucro, especialmente las instituciones benéficas, para asegurarse que tales organizaciones no se utilicen, directa o indirectamente, para financiar o apoyar el terrorismo. Como parte de los esfuerzos de LFT también se deben revisar los sistemas alternativos de remesas o giro de fondos, tales como los hawalas. Este esfuerzo comprende un análisis de las medidas a tomarse para impedir el uso de tales entidades por parte de los blanqueadores de dinero o los terroristas.
Tal como se indicó más arriba, una diferencia significativa entre el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo es que los fondos comprometidos en este último pueden provenir de fuentes legítimas o de actividades delictivas. Dichas fuentes legítimas pueden incluir donaciones en efectivo u otros bienes a organizaciones tales como las fundaciones o instituciones benéficas, los cuales a su vez se utilizan para apoyar actividades terroristas u organizaciones terroristas. Por lo tanto, esta diferencia exige leyes especiales para tratar el financiamiento del terrorismo. Sin embargo, ya que en gran medida los fondos para financiar el terrorismo provienen de fuentes ilegales, tales fondos pueden ya estar cubiertos por el marco ALD de un país, dependiendo del alcance de los delitos subyacentes por lavado de dinero.
4. La Magnitud del Problema
Por su propia naturaleza, el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo se orientan hacia el secreto y no se prestan para un análisis estadístico. Los blanqueadores de dinero no informan sobre el alcance de sus operaciones ni divulgan el monto de sus ganancias, como tampoco lo hacen aquéllos que financian el terrorismo. Más aún, ya que estas actividades se llevan a cabo a nivel mundial, es incluso más difícil realizar los cálculos. Los blanqueadores de dinero utilizan diversos países para encubrir sus ganancias ilícitas, aprovechando las diferencias entre los países con respecto a los regímenes ALD, los esfuerzos para asegurar el cumplimiento de la ley, y la cooperación internacional. Por lo tanto, no existen cálculos confiables sobre la magnitud del problema de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo a nivel mundial.
Solamente con respecto al lavado de dinero, el Fondo Monetario Internacional había calculado, en 1996, que la suma total de las ganancias anuales criminales (Producto Criminal Bruto) en el mundo podría variar entre dos y cinco por ciento del producto interno bruto mundial, o sea en esta época entre US$590 mil millones de dólares y US$1,500 mil millones de dólares, al ser más difundida universalmente la cifra promedia de 1,000 mil millones de dólares*.
*(Aplicando los mismos porcentajes diez años más tarde, ninguna evaluación permitiendo comprobar un efecto decreciente de las mismas ganancias criminales, -según el Banco Mundial que estable el mismo PIB mundial a 40,000 mil millones de dólares para 2004-, la variación del Producto Criminal Bruto mundial anual, podría establecer actualmente entre US$800 y US$2.000 mil millones, o sea un promedio actual de casi 1,400 mil millones de dólares al año, a nivel mundial. Si bien no es posible determinar una cifra exacta por razones evidentes, por lo tanto, de acuerdo con cualquier cálculo, la magnitud del problema es considerable y merece la total atención de cada país) Nota del autor.
5. Los Procesos
La preocupación inicial con respecto al lavado de dinero comenzó a raíz de su rápida conexión con el tráfico ilegal de estupefacientes. El objetivo de los narcotraficantes era, por regla general, convertir pequeños valores monetarios en cuentas de banco legales, instrumentos financieros, y otros bienes. En la actualidad, las ganancias ilícitas son producto de una amplia variedad de actividades delictivas, entre éstas: la corrupción política, la venta ilegal de armas, el tráfico ilícito y la explotación de los seres humanos.
No importa cuál sea el delito, los blanqueadores de dinero recurren a la colocación, estratificación, e integración en el proceso de convertir las ganancias ilícitas en dinero o bienes legales.
a) Colocación
La etapa inicial del proceso comprende la colocación de fondos de origen ilegal en el sistema financiero, por lo general a través de una institución financiera. Esto puede lograrse al depositar dinero en efectivo en una cuenta bancaria. Grandes cantidades de dinero se dividen en montos más pequeños y menos notorios y se depositan paulatinamente en diferentes oficinas de una sola institución financiera o en diversas instituciones financieras. En esta etapa puede darse lugar el cambio de una moneda a otra, así como la conversión de billetes más pequeños en grandes valores monetarios. Además, los fondos ilegales pueden convertirse en instrumentos financieros, tales como giros postales o cheques, que son combinados con fondos legítimos para no despertar sospechas. Asimismo, la colocación puede lograrse a través de las compras en efectivo de valores o algún contrato de seguro.
b) Estratificación, Transformación o Cubrimiento
La segunda etapa del proceso de lavado de dinero se da lugar después de que las ganancias ilícitas han ingresado al sistema financiero, en cuyo momento los fondos, los valores o el contrato de seguro se convierten o transfieren a otras instituciones, alejándolos más aún de su fuente delictiva. Dichos fondos podrían utilizarse para comprar otros valores, contratos de seguro u otros instrumentos de inversión fácilmente transferibles y luego venderse incluso a través de otra institución. Los fondos podrían también transferirse mediante cualquier otro tipo de instrumento negociable, como por ejemplo, un cheque, giro postal, o título al portador, o ser transferidos electrónicamente a otras cuentas en diversas jurisdicciones. El blanqueador de dinero puede también encubrir la transferencia como si fuera un pago de bienes o servicios, o transferir los fondos a una sociedad ficticia.
c) Integración
Esta tercera etapa comprende la integración de los fondos en la economía legítima. Esto se logra a través de la compra de activos, tales como bienes raíces, valores u otros activos financieros, o artículos de lujo.
Estas tres etapas también están presentes en los esquemas de financiamiento del terrorismo, excepto que la tercera etapa (Integración) comprende la distribución de fondos a los terroristas y sus organizaciones, mientras que el lavado de dinero, como se vio anteriormente, va en la dirección opuesta, es decir, su objetivo es integrar los fondos ilícitos en la economía legítima.
6. ¿Dónde Tienen Lugar el
Lavado de Dinero y el Financiamiento del Terrorismo?
El lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo pueden ocurrir, y de hecho ocurren, en cualquier país del mundo, especialmente en aquéllos con sistemas financieros complejos. Los países que tienen infraestructuras ALD y LFT poco rigurosas, ineficaces, o corruptas también son blancos apropiados para tales actividades. Ningún país está exento.
Dado que se puede abusar de las transacciones internacionales complejas para facilitar el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo, las distintas etapas de estas actividades se dan lugar dentro de una multitud de países diferentes. Por ejemplo, la colocación, cubrimiento, e integración pueden ocurrir cada una en tres países diferentes, una o todas ellas alejadas del la escena del delito original
7. Métodos y Tipologías
El dinero puede ser blanqueado de diversas maneras, que varían desde pequeños depósitos de dinero en efectivo en cuentas corrientes bancarias (para transferirlos posteriormente) hasta la compra y reventa de artículos de lujo, tales como automóviles, antigüedades, y joyas. Los fondos ilícitos también pueden transferirse a través de una serie de transacciones financieras internacionales complejas. Los blanqueadores de dinero son muy creativos: cuando los supervisores detectan un método, los delincuentes no tardan en encontrar otro.
Las diversas técnicas utilizadas para blanquear el dinero o financiar el terrorismo son, por lo general, denominadas métodos o tipologías. Los términos “métodos" y
"tipologías” se utilizan de manera intercambiable. En un momento dado, es imposible describir con exactitud el universo de los diversos métodos que usan los delincuentes para el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo. Además, es probable que sus métodos difieran de un país a otro, debido a la cantidad de características y factores propios de cada país, incluidos su economía, la complejidad de los mercados financieros, el régimen ALD, los esfuerzos por hacer cumplir la ley, y la cooperación internacional. Más aún, los métodos están cambiando constantemente.
Sin embargo, varios organismos internacionales han elaborado documentos de referencia excelentes sobre los métodos y técnicas de lavado de dinero. El GAFI ha incluido materiales de referencia sobre los métodos en sus informes anuales y en el informe anual de tipologías. Los organismos regionales de tipo GAFI también proporcionan información sobre las diferentes tipologías observadas en sus regiones. Para obtener la información más actualizada sobre los métodos y tipologías de lavado de dinero, sírvase consultar los sitios Web de estas entidades.
Además, el Grupo Egmont ha preparado una compilación de cien casos depurados, sobre la lucha contra el lavado de dinero a partir de sus unidades de inteligencia financiera.